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Intendencia Regional Metropolitana de Santiago

Intendencia

Fue constituida como Intendencia del Área Metropolitana de Santiago por Decreto Ley N°s 573 y 575 de 1974, que en conjunto establecieron las bases jurídicas de la división político administrativo del país en regiones, provincias y comunas. En términos territoriales, su jurisdicción inicial comprendió a la antigua provincia de Santiago, excluido el Departamento de San Antonio, que fue incorporado a la Región de Valparaíso. Aunque en principio se tuvo el propósito de definirle un régimen especial de gobierno y administración, por Decreto Ley N° 1.317 de 1975 y antes que iniciara su funcionamiento, se resolvió constituirla como Intendencia Regional Metropolitana, estableciéndose además, que las comunas de San Pedro y Alhué fuesen agregadas a la Región del Libertador Bernardo O'Higgins. En cuanto a su institucionalidad, esta definición implicó que al igual que en el resto del país, el Gobierno y Administración superior de la región residieran en un Intendente nombrado por el Presidente de la República, de quien sería su agente y representante natural. Al Intendente, en acuerdo con el Consejo Regional de Desarrollo, le corresponderá por su parte, administrar el presupuesto regional e implementar las políticas de fomento productivo, ordenamiento territorial y de inversión en infraestructura. Finalmente, por Decreto Ley N° 2.339 de 1978, se acordó su denominación de Intendencia Regional Metropolitana de Santiago, conformada por las provincias Cordillera, Chacabuco, Maipo, Melipilla, Santiago y Talagante.

Este fondo de organiza en las siguientes series documentales: 

  • Decretos (1975), 
  • Decretos Supremos Exentos (1975-1980),
  • Decretos Supremos con Toma de Razón (1979), 
  • Documentos varios (1976-1979) y 
  • Resoluciones (1980), 

Este conjunto documental abarca temáticas relativas a la administración de personal, designación de autoridades comunales y de directorios de organizaciones sociales, autorizaciones para ejercer funciones de guardianes particulares, asignación de recursos a municipalidades, desalojo de ocupantes ilegales de inmuebles fiscales, asignación de viviendas a particulares, entre otras materias.